La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló las reformas constitucionales en materia ecológica y la Ley de Equilibrio Ecológico y Protección del Ambiente de Baja California Sur.
Durante la sesión pública del Pleno del máximo tribunal del país, realizada a través de videoconferencia, los ministros determinaron que estas normas no invaden facultades exclusivas de la Federación.
Por mayoría de votos, el pleno de la Corte resolvió que el establecimiento de áreas naturales protegidas estatales no es contrario a la Constitución federal, pues la protección del medio ambiente es una facultad concurrente.
La única porción de la ley estatal que se invalidó fue la referente a la descarga de materiales o sustancias peligrosas, pues no se definía claramente esta categoría.
En la misma sesión, el máximo tribunal del país también avaló la disposición del estado de Hidalgo que faculta a la autoridad municipal para expedir licencias o autorizaciones en materia de desarrollo urbano y ordenamiento territorial.
Es válida la disposición del Estado de Hidalgo que faculta a la autoridad municipal para expedir licencias o autorizaciones en materia de desarrollo urbano y ordenamiento territorial. No invade atribuciones municipales pues es congruente con la legislación general. pic.twitter.com/Mdc3cnMJap
— Suprema Corte (@SCJN) January 11, 2021
De acuerdo con los ministros, esta disposición no invade atribuciones municipales pues es congruente con la legislación general.
(milenio.com)