La secretaria de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables en la Cámara de Diputados, Elvia María Pérez, propuso incorporar al Código Penal Federal el delito de abandono a adultos mayores, para quienes tienen la obligación de cuidarlos con sanciones de 50 a 100 días de salario mínimo y de un mes a cuatro años de prisión.
Actualmente se castiga con prisión a quien abandone a un menor de edad o una persona enferma incapaz de cuidarse a sí misma, por lo que también planteó que se le imponga la multa económica, agregó la legisladora del Partido Revolucionario Institucional (PRI).
Con la reforma al Artículo 335 del Código Penal Federal se busca que el Ministerio Público persiga de oficio este delito, ponga al abandonado al cuidado de la institución que corresponda.
En caso de que el sujeto activo fuere ascendiente o tutor del menor, promueva la privación de la patria potestad o de la tutela y la designación de un tutor especial.
La diputada priista destacó la importancia de incorporar a este dispositivo de carácter penal a personas adultas mayores, toda vez que a la fecha no se cuenta con estadísticas ciertas en torno al maltrato y la violencia que sufren y, en especial, de los que no les es posible cuidarse a sí mismos y han sido abandonados.
Mencionó que de acuerdo con resultados de una encuesta de El Colegio de México realizada en el Distrito Federal, 36 por ciento de adultos mayores reciben maltrato y violencia de sus hijos; 11 por ciento, de la pareja; 10 por ciento, de los nietos; y 17.4 por ciento, de personas ajenas.
Por ello planteó la necesidad de apoyar a este sector de la población, pues 10 de cada 100 mexicanos han cumplido 60 años o más, y se prevé que para 2050, de acuerdo con el Consejo Nacional de Población (Conapo) 30 por ciento de la población tendrá más de esta edad.
Consideró que al imponer una multa de 50 a 100 días de salario mínimo por abandono de personas, se fortalece la protección de adultos mayores, menores de edad y las personas enfermas con incapacidad de cuidarse a sí mismos.
“Los grupos vulnerables no sólo son aquellos sectores que por su edad, condiciones económicas o de salud, características físicas, género, circunstancias culturales o políticas, se sitúan en condiciones de desventaja frente a los demás”.
“Sino también se trata de personas susceptibles de convertirse en víctimas de maltrato y violencia e incluso del abandono”, abundó Pérez Escalante.
El actual Artículo 335 del Código Penal Federal tipifica como delito el abandono de personas incapaces de cuidarse a sí mismas, sólo cuando se trata de menores de edad o personas enfermas, sin considerar a adultos mayores, por lo que resulta muy importante reformar este dispositivo a fin de que se les asista, puntualizó.