El Consejo General del IEDF aprobó 45 acuerdos por los que se otorga supletoriamente el registro como candidatos a igual número de ciudadanos y declaró improcedente el de Xóchitl Gálvez Ruíz, postulada por el PAN en Miguel Hidalgo, dado que no cuenta con credencial de elector con domicilio en el Distrito Federal.
El acuerdo aprobado por cuatro votos a favor y tres en contra, establece que para lograr la plena vigencia, cierta y efectiva del derecho a ser votado, es indispensable que el IEDF verifique que el aspirante posea todas las cualidades exigidas por la Constitución, el Estatuto de Gobierno y el Código electoral local.
De tal suerte que “si la ciudadana Gálvez Ruiz tenía interés de participar como candidata tuvo cuando menos los tres años de residencia acreditados en la constancia que presentó para notificar ante el Instituto Nacional Electoral (INE) su cambio de domicilio y con ello, actualizar su credencial para votar”, añade el acuerdo de 44 fojas.
Pero, de la verificación a la documentación presentada, se desprende que no se satisfacen los requisitos requeridos, coincidieron los consejeros presidente, Mario Velázquez Miranda, así como sus homólogos, Pablo César Lezama, Dania Paola Ravel y Carlos González Martínez.
El representante del PAN ante el Instituto, Juan Dueñas, anunció que su partido impugnará ante el TEPJF la decisión del pleno del Instituto local, a cuyos integrantes dijo que les “tembló la mano”, al considerar que detrás de la negativa de registro a Xóchitl Gálvez hubo razones legales.
“Es triste, yo recuerdo desde 2006 siempre hemos ido a ganar al Tribunal nuestros plurinominales que no nos asignan (…) no nos preocupa que en este momento el IEDF no le de registro a nuestra candidata (…) por alguna razón cuando tienen que tomar asuntos importantes como que les tiembla la mano”, destacó.
Al sustentar su voto, el consejero presidente Velázquez Miranda indicó que el incumplimiento de los requisitos para aspirar a un puesto de elección popular en el Distrito Federal, tal y como lo establece la ley electoral “acarrea inelegibilidad”.
En tanto, el consejero Lezama Barreda, resaltó que la revisión realizada por el IEDF en el ejercicio de sus facultades respecto del cumplimiento de los requisitos, condiciones y términos legales que deben satisfacer quienes válida y legalmente soliciten el registro de candidatos a cargos de elección popular se llevó a cabo con un estricto apego a la normativa aplicable en la materia.
La consejera Dania Paola Ravel, indicó que la ciudadanía demanda que la autoridad cumpla la ley e incluso, que sea inflexible al principio de la ley, al aclarar que en el caso de la aspirante a la candidatura en Miguel Hidalgo, es un tema de respeto al principio de legalidad.
De su lado, el consejero Carlos González Martínez, opinó que la discusión no es sobre la residencia o no la Gálvez Ruiz, sino si cumple o no un requisito de ley “Y nuestra obligación es verificar que la ley se cumpla”.
Aclaró que el IEDF está para dar certeza a candidatos, ciudadanos pero sobre todo al proceso electoral en marcha. “Aquí no se negocia, ni se discute, ni se gana, ni se pierde nada como no sean argumentos y votaciones”.
Los consejeros Olga González, Gabriela Williams y Yuri Gabriel Beltrán votaron en contra del proyecto que proponía rechazar el registro a Gálvez Ruiz.
González Martínez comentó que el artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos suscrito por México, establece que todos los ciudadanos gozarán, sin restricciones indebidas, el derecho de votar y ser votados.
Williams Salazar declaró que en la legislación mexicana no es requisito sustancial para ser votado, estar inscrito en el Padrón Electoral ni contar con la credencial para votar con domicilio en el Distrito Federal.
Finalmente, Beltrán Miranda sostuvo que exigir comprobar la residencia a través de la constancia de domicilio y la credencial para votar, llevaría a imponer una doble carga a los derechos político-electorales de los ciudadanos en busca de un cargo de elección popular.
Dijo que de conformidad con el artículo primero de la Constitución, y a la luz del principio pro homine, no se debería negar el registro a Gálvez Ruiz por el simple hecho de que su credencial no incluye domicilio en el Distrito Federal, pues se deben valorar todos los elementos de prueba aportados, a fin de tener por cumplido tal requisito.
En otro punto de la sesión, el pleno del IEDF rechazó la procedencia del registro del abanderado del PRI-PVEM a delegado en Cuajimalpa, Miguel Ángel Salazar, por la comisión de actos anticipados de precampaña.
El pasado 25 de marzo, el Tribunal Electoral del Distrito Federal (TEDF) impuso a Salazar Martínez, ex director Jurídico de la delegación Cuajimalpa, una multa de 500 días de salario mínimo, equivalente a 33 mil 645 pesos, por actos anticipados de precampaña en esa demarcación.
Los magistrados señalaron que realizó actos anticipados de pre campaña mediante mantas, pinta de bardas y conferencias, lo que quedó debidamente documentado.
Durante la sesión, el Consejo General del IEDF además de aprobar 45 acuerdos por los que se otorga supletoriamente el registro como candidatos a igual número de ciudadanos, les expidió la constancia respectiva.
Se trata de ocho candidatos postulados por el PAN; nueve por el Movimiento Ciudadano; nueve por Nueva Alianza, nueve por Encuentro Social, dos por el Partido Humanista, así como siete candidaturas comunes de PRI-PVEM y una del PRD-PT.